Introducción

El Programa de Ordenamiento Ecológico Regional del Territorio del Estado de Oaxaca POERTEO busca un equilibrio entre las actividades productivas (10 sectores productivos), antropogénicas (sector asentamientos humanos) y la protección de los recursos, es decir un desarrollo sustentable basado en 3 ejes:

  • Social
  • Económico
  • Medio Ambiente

Con base en la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), el ordenamiento ecológico territorial es un instrumento de política ambiental que busca maximizar el consenso y minimizar los conflictos ambientales en la sociedad, para lo cual es necesaria la integración de ésta en el proceso de planeación participativa a fin de verificar la información utilizada, y validar los análisis y resultados obtenidos. La participación social se inicia con la construcción de la Agenda Ambiental, en la que se integran las principales problemáticas ambientales que se perciben en el área a ordenar, además de que se definen los principales sectores productivos y actores con presencia e importancia.

El proceso de ordenamiento ecológico en su fase de Formulación considera 4 etapas para la generación del Programa de Ordenamiento Ecológico:

  • Caracterización: se lleva a cabo una descripción del estado actual de los elementos naturales, sociales y económicos del territorio.
  • Diagnóstico: se identifica y analiza la aptitud del territorio y  los conflictos ambientales entre los sectores con actividad en el área a ordenar.
  • Pronóstico: se examina la evolución de los conflictos ambientales a partir de las predicciones del comportamiento de las variables naturales, sociales y económicas que puedan influenciar el patrón de ocupación territorial.
  • Propuesta: se obtiene el patrón de ocupación del territorio que maximiza el consenso entre los sectores y minimiza los conflictos ambientales, favoreciendo el desarrollo sustentable en el área a ordenar, además de establecerse los lineamientos y las estrategias ecológicas para cada unidad de gestión ambiental (UGA) identificada en el modelo de ordenamiento.

Una vez concluida la fase de formulación se da paso a la fase de Expedición, la cual considera 2 procesos:

  • Consulta Pública: los sectores que participaron en la formulación deberán conocer y validar o manifestar lo que a su derecho convenga, respecto de la propuesta final del programa que habrá de decretarse para su posterior ejecución.
  • Decreto: decretar y publicar en los órganos de difusión oficiales (Periódico Oficiales del Estado de Oaxaca), es a partir de este momento que el Programa de Ordenamiento empieza a tener vigencia legal.

Mientras que la consulta pública implica justamente poner a disposición del público en general el documento de Propuesta, donde se somete a consideración tanto el modelo de Ordenamiento como las estrategias y criterios ecológicos, la integración de una Bitácora Ambiental resulta fundamental para el proceso de transparencia que contemplan los Ordenamientos Ecológicos de cualquier tipo.